20 DE NOVIEMBRE: DÍA UNIVERSAL DEL NIÑO

By noviembre 19, 2018 Días con mensaje

“Lo que se les dé a los niños, los niños lo darán a la sociedad.”

Karl A. Menninger

“Si la ayuda y la salvación han de llegar, sólo puede ser a través de los niños. Porque los niños son los creadores de la humanidad.”

María Montessori.

 

El 20 de noviembre es un día muy importante para reflexionar sobre el futuro del mundo: Los niños

Los niños son el futuro. Y es fundamental que nos demos cuenta de la importancia que supone para toda la evolución del ser humano. Debemos priorizar el hecho de lo que los niños conserven sus derechos.

Probablemente este el post más largo que ha escrito Lazos Valencia hasta el momento. Pero creemos que el motivo lo requiere.

La Organización de las Naciones Unidas celebra el Día Universal del Niño todos los años el 20 de noviembre.

Es un día dedicado a todos los niños y niñas del mundo. Es un día de celebración por los avances conseguidos, pero sobre todo es un día para llamar la atención sobre la situación de los niños y niñas más desfavorecidos/as. Es un día para dar a conocer los derechos de la infancia.
Y es un día para concienciar a las personas de la importancia de trabajar día a día por su bienestar y desarrollo.

 

La Declaración de los Derechos del Niño, reconoce al niño y la niña como «ser humano capaz de desarrollarse física, mental, social, moral y espiritualmente con libertad y dignidad».

Tiene el objetivo de orientar y comprometer a los países en que se cumplan sus derechos. Sus 10 artículos hacen referencia a los siguientes derechos (resumido por Wikipedia).

Principio 1

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 2

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

 

Principio 4

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Principio 6

El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7

El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Principio 9

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes. y así como se lo respeta, debe respetar a sus mismos.

 

Si habéis llegado hasta aquí, espero que hagáis una pequeña reflexión y penséis cómo podría cambiar el mundo si a todos los niños y niñas que habitan en él se les respetasen esos derechos.